
La respuesta es que puede ser que si sea contrato de Trabajo o puede ser que no sea contrato de trabajo y efectivamente sea un contrato de prestación de servicios a honorarios.
Lo que ocurre es que actualmente las empresas están solicitando la emisión de una boleta de honorarios a sus trabajadores simulando un contrato de prestación de servicios a honorarios en circunstancias que es un contrato de trabajo. Por ejemplo si trabajo de lunes a viernes de 09:00 a 16:00 hrs., en un lugar determinado obedeciendo órdenes de un superior jerárquico y me solicitan mes a mes la emisión de una boleta de honorarios lo que está ocurriendo en realidad es que el empleador esta ocultando un contrato de trabajo mediante la emisión de boletas.
Si le exigen que emita una boleta de honorarios no le pueden exigir que cumpla con una jornada de trabajo o que desempeñe el trabajo en un lugar fijo o recibir órdenes para desarrollar ese trabajo.
El contrato de trabajo es consensual, esto es, no necesita estar escrito para su existencia. La escrituración se exige por ley para probar los términos o cláusulas del contrato. Si usted cumple una jornada de trabajo y recibe órdenes de un superior jerárquico aunque emita boleta a honorarios eso es un contrato de trabajo (aunque no este escriturado) y no un contrato de prestación de servicios a honorarios (aunque emita boletas de honorarios).
¿POR QUE EL EMPLEADOR OCULTA UN CONTRATO DE TRABAJO MEDIANTE LA EMISIÓN DE BOLETAS?
Imagínense porque…bueno realmente no requiere de mucha imaginación para saber porque lo hace. Lo que busca el empleador es desligarse de toda responsabilidad laboral, entre otras: pago de seguro de desempleo, pago de mes por año, cotizaciones, etc.
El otro motivo es que los servicios del trabajador son más baratos para el empleador mediante el pago de boletas y por otra parte el trabajador recibe más remuneración liquida, efectivamente si contrato a una persona por un millón de pesos y le pido que emita boleta la persona recibirá liquido la suma de $ 900.000 y tendrá la posibilidad eventual de recuperar el 10% con la devolución de impuesto. Por el contrario si le pago la remuneración que correspondería a un contrato de trabajo el trabajador sólo recibiría $ 800.000 (debido al 20% de imposiciones) y por esta suma de dinero probablemente el trabajador (un profesional) no estaría dispuesto a trabajar y le pediría un millón liquido al empleador y si este le pagar esa suma liquida con contrato de trabajo le debería pagar $ 1.200.000 (1 millón líquido y 20% de pago de imposiciones), por lo que al empleador le saldría $ 200.000 ( 20%) más cara la contratación con contrato de trabajo.