El finiquito debe ser otorgado y puesto su pago a disposición del trabajador dentro de 10 DÍAS HÁBILES contados desde la separación del trabajador.
Además, el empleador por ley está OBLIGADO a pagar la totalidad del finiquito. Solo si las partes lo acordaren, sería posible pactar su pago en cuotas.
Efectivamente, la ley señala que: En caso de termino del contrato de trabajo, el empleador estará obligado a pagar todas las remuneraciones que se adeudaren al trabajador en un solo acto al momento de extender el finiquito . Sin perjuicio de ello, las partes PODRÁN acordar el fraccionamiento del pago de las remuneraciones adeudadas.
En el evento que se acordare el pago en cuotas, las cuotas deberán consignar los intereses y reajustes del respectivo periodo.